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Paro nacional no debe afectar salario de los trabajadores, según Código del Trabajo

Ante información publicada en redes sociales y medios oficiales, referida a que los empleadores descontarán del salario de los trabajadores el día por el paro nacional, la legislación laboral del país es clara al establecer que en circunstancias como la actual es obligación de las empresas no tocar el salario. Al ser consultado al respecto, el Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) dijo que la orientación que han pasado a las empresas es que se apeguen a lo establecido en la legislatura


Periodista Redacción Digital ABC
14-Junio-2018
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Fuente: La Prensa

Ante información publicada en redes sociales y medios oficiales, referida a que los empleadores descontarán del salario de los trabajadores el día por el paro nacional, la legislación laboral del país es clara al establecer que en circunstancias como la actual es obligación de las empresas no tocar el salario.

Al ser consultado al respecto, el Consejo Superior de la Empresa Privada (Cosep) dijo que la orientación que han pasado a las empresas es que se apeguen a lo establecido en la legislatura, es decir lo mencionado anteriormente.

La Ley 185, Código del Trabajo y sus reformas en su artículo 56 establece que: "los trabajadores que por disposición legal, acuerdo con los empleadores o disposición unilateral de estos últimos laboren menos de las jornadas ordinarias establecidas en el presente Código, recibirán íntegro el salario correspondiente a la semana completa".

La Alianza instó a todos los dueños de negocios, pequeños y medianos empresarios, profesionales independientes y negocios por cuenta propia a cerrar sus establecimientos y cesar actividades.
Y ante las diversas afirmaciones publicadas en redes sociales y medios oficialistas referidas a que muchas empresas descontaran el día de salario a sus empleados y que otras condicionaron la participación de los trabajadores en el paro obligándolos a tomar el día a cuenta de vacaciones, LA PRENSA consultó al presidente del Cosep, José Adán Aguerri quien confirmó que la organización orientó a sus asociados apegarse a lo establecido en el marco legal.

Según Aguerri el departamento legal del Cosep orientó a las cámaras que integran la organización apegarse a lo que contempla la ley.

"En concordancia con el artículo 56 del Código del trabajo vigente, cuando los trabajadores laboren menos horas de la jornada ordinaria semanal por disposición del empleador, los trabajadores recibirán completo el salario de esa semana"; dijo Aguerri y añadió "por tanto, el jueves 14 de junio debe considerarse como tiempo de trabajo efectivo".

Fuente: La Prensa

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