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Presunto asesino estaba obsesionado con la niña Yesbelin

María Evangelina Maradiaga, quien fue la mejor amiga de la niña Yesbelin María Espinoza Calero asesinada el pasado 24 de noviembre, se convirtió en la principal testigo del caso que la fiscalía formuló en contra de Rommel Jiménez Ponce, acusado por femicidio y Jorbin José García López, por asesinato agravado. Yesbelin María Espinoza Calero desapareció el 24 de noviembre del año pasado en la comunidad Llano Uno en el municipio de Pueblo Nuevo, departamento de Estelí y su crimen quedó al descubie


Colaborador Yessenia Centeno
16-Marzo-2018
Estelí-Nicaragua
María Evangelina Maradiaga, quien fue la mejor amiga de la niña Yesbelin María Espinoza Calero asesinada el pasado 24 de noviembre, se convirtió en la principal testigo del caso que la fiscalía formuló en contra de Rommel Jiménez Ponce, acusado por femicidio y Jorbin José García López, por asesinato agravado.

Yesbelin María Espinoza Calero desapareció el 24 de noviembre del año pasado en la comunidad Llano Uno en el municipio de Pueblo Nuevo, departamento de Estelí y su crimen quedó al descubierto luego que el veinte de febrero reportaran el hallazgo de su cadáver al fondo de un pozo en una propiedad en esa localidad.

Con los peritos del Instituto de Medicina Legal ofrecidos de prueba por el Ministerio Público, se determina el sufrimiento al que fue sometido la niña Yesbelin María Espinoza antes de morir a manos presuntamente de los dos procesados, que además eran allegados de la familia de la menor.

Doña Flor Adelina Espinoza madre de la víctima, también es parte de los once testigos ofrecidos, al igual que un sobrino de Rommel Jiménez Ponce. Además, entre las pruebas está un machete, presunta arma homicida, así como la piedra que los procesados habrían amarrado al cuerpecito de la menor y que luego lanzaron al fondo del pozo.

Según la acusación de la fiscal especializada en violencia Maricela Pichardo, el dictamen forense del Instituto de Medicina legal concluye que la menor falleció producto de una hemorragia masiva causada por una herida en la cara de unos 12 centímetros de largo y un trauma causado por el golpe con un objeto contuso en la cabeza.

"La última vez que habló y miró a Yesbelin con vida, fue el 24 de noviembre del año 2017, cuando se quedó en compañía de Rommel y Jorbin, relatará que a los días le preguntó a Rommel si había visto a Romme, respondiéndole este que a ella la habían matado y echado en un pozo, pero ella le dijo: cómo es eso, dicen o decís vos" Y en eso Rommel le dijo, mira Evangelina, si vos le contás a la Flor o a la policía que la Yesbelin se quedó conmigo y con Jorbin en el potrero de Juan Arauz, te mato, por lo que ella sintió temor del acusado ya que sabía de lo que era capaz y por eso no le dijo nada ni a Flor.

Referirá que el día 20 de febrero en horas de la tarde, iba para la venta con su mamá y el coordinador de la iglesia católica, el señor Moncho Videa, manifestó que había encontrado un muerto dentro de un pozo y un chavalo dijo que eran uno perros muertos que habían echado ahí, cuando ella pensó que era cierto lo que dijo Rommel, ya que la víctima se había quedado ahí con los dos acusados", relató la fiscal.

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Esta violenta agresión pudo haber ocurrido después de la violación de la que Jorbin manifestó en la policía que había sufrido la niña en manos de Rommel, quien presuntamente la sometió en dos ocasiones esa misma noche.

El acusador particular Edgar Arauz sostuvo que demostrarán que ambos procesados son los autores del crimen cometido en la propiedad de Juan Arauz donde está ubicado el pozo donde fueron encontrados los restos de la niña Yesbelin.

La Fiscal especializada en violencia Maricela Pichardo además pidió a la judicial admitiera entre las pruebas un disco cuyo contenido son las declaraciones que el acusado Jorbin García López brindó a los medios de comunicación donde relata la manera en que presuntamente dieron muerte a la niña Yesbelin Espinoza Calero.

La defensora Publica Bertilda Moreno, defensa técnica del acusado Jorbin García López se opuso a que esta prueba fuera admitida pues asegura que dichas declaraciones fueron el resultado de la supuesta tortura a la que fue sometida su defendido.

"Mi representado, según el artículo 197 del Código Procesal Penal, tiene derecho a abstenerse a declarar en contra o en contra de algún familiar, eso es lo que establece la norma procesal penal. Habrá que ver si mi representado fue amenazado, fue torturado, para dar esa entrevista y posteriormente fabricar de alguna manera la prueba, eso es ilícito, es incorrecto", manifestó Moreno.

Pese a las peticiones de los abogados defensores, la juez de distrito penal de violencia en Estelí doctora Malena Tinoco resolvió que hay suficientes pruebas que dan indicios de la participación de los dos procesados en los delitos imputados y resolvió remitir el juicio para el próximo 03 de mayo.

Por su parte el abogado Néstor Enrique Gonzáles, defensa técnica del acusado Rommel Jiménez Ponce, sentó protesta ante la decisión tomada por la judicial.

"Yo considero que no eran suficientes en virtud de que la prueba científica no está determinando a mi defendido, no lo está poniendo en el punto donde se cometió el delito", indicó Gonzáles.

Y es que a finales de septiembre del 2017, Rommel José Jiménez Ponce de 27 años comenzó a enamorar a la menor de doce años, consiguió que la niña lo aceptara como novio y controló que mantuviera oculta dicha relación a su madre y resto de familiares.

El procesado manipulaba a la víctima para que se encontrara con él obligándola a que se saliera de clases, esto era del conocimiento de muchos pobladores por lo que se hizo del conocimiento de la madre de la menor quien amenazó con denunciar a Rommel, ante el temor la niña advirtió al acusado por medio de una carta.

La advertencia al parecer fue la razón por la cual el 24 de noviembre el acusado presuntamente cito a la niña para que se vieran en el pozo la habría presionado para sostener relaciones sexuales, pero esta se negó, por lo que se presume Rommel se enfureció y cuando la víctima intentó escapar fue sometida por ambos procesados.

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