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Tres acusados de tráfico de drogas recuperan su libertad

Estelí, 23 de Julio de 2018 | La inmediata libertad de tres personas acusadas por tráfico de drogas ordenó la juez de distrito penal de juicio en Estelí doctora Elizabeth Corea, luego que el Ministerio Público no presentó pruebas en su contra y permanecieron seis meses en prisión preventiva. Los procesados identificados como Noel de Jesús Mejía Herrera, Ervin Manuel Jirón Salgado y Cristian Gabriel Picado, fueron detenidos la mañana del catorce de diciembre del año 2017, cuando se encontraba


Colaborador Yessenia Centeno
23-Julio-2018
Estelí-Nicaragua
Estelí, 23 de Julio de 2018 | La inmediata libertad de tres personas acusadas por tráfico de drogas ordenó la juez de distrito penal de juicio en Estelí doctora Elizabeth Corea, luego que el Ministerio Público no presentó pruebas en su contra y permanecieron seis meses en prisión preventiva.

Los procesados identificados como Noel de Jesús Mejía Herrera, Ervin Manuel Jirón Salgado y Cristian Gabriel Picado, fueron detenidos la mañana del catorce de diciembre del año 2017, cuando se encontraban en una de las calles del barrio Oscar Turcios en el distrito dos de esta ciudad.

Según la acusación, una patrulla policial realizaba labores de vigilancia en búsqueda de un supuesto robo ocurrido en la zona, cuando observaron a los tres procesados empacando una hierba en unas bolsitas transparentes y en el suelo presuntamente dentro de una caja de cartón en donde la ocultaban.

Al ver la presencia policial, los tres acusados intentaron correrse del lugar, pero fueron retenidos por los efectivos, quienes al revisar el contenido de la caja de cartón presuntamente encontraron la sustancia ilícita la cual al hacerle la prueba de campo dio un peso total que superaban los ciento veinticinco gramos de marihuana.

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Pese a las pruebas que presentó la Fiscalía, esta no logró ser presentada durante el juicio oral y público, por lo que los abogados defensores Harold Ramírez y Alfredo Miranda, quienes pidieron a la judicial la clausura del juicio por vencimiento de término que estipula la ley, a lo que la judicial le dio lugar.

Según Harold Ramírez el artículo 305, numeral tercero cuando el Ministerio Público no logra demostrar con las pruebas la culpabilidad debe decretar la clausura anticipada. Así que se concedió y se suspendió la prisión preventiva.

En tanto, Alfredo Miranda dijo que la juez consideró que el proceso estaba en los 6 meses y tomando eso en cuenta se ordenó la clausura anticipada.

"Los hechos no fueron confirmados ni corroborados en el juicio oral y público", explicó Miranda.

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