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Abogado explica implicaciones de la Ley 747 ante casos de crueldad animal

¿A propósito, accidente o negligencia? El atropello de una mascota, en las cercanías de INISER Estelí, abre el debate sobre las acciones legales que esta situación implica.

El conductor atropelló a la mascota y se fue del lugar. Foto: Captura de pantalla/Radio ABC Stereo
El conductor atropelló a la mascota y se fue del lugar. Foto: Captura de pantalla/Radio ABC Stereo

Colaborador Byron Altamirano
23-Marzo-2026
Estelí-Nicaragua

El pasado viernes 20 de marzo se registró un lamentable hecho de violencia contra los animales, en la ciudad de Estelí, donde un conductor atropelló presuntamente a propósito a una perrita mientras jugaba con otro.

Ante esta situación, que generó indignación en redes sociales, Noticias ABC consultó al abogado Jairo Thomas Zepeda, quien explicó las aplicaciones de la ley 747, Ley para la Protección y Bienestar de los Animales Domésticos y Silvestres Domesticados.

Esta ley tiene como objetivo proteger la integridad física y el desarrollo natural de los animales, velar por las condiciones en las que viven, así como erradicar cualquier tipo de maltrato, abuso o acto de crueldad.

En cuanto al acontecimiento ocurrido en Estelí, el abogado señaló que esta acción dolosa, mal intencionada y hasta inhumana podría ser sancionada, tal como se menciona en el artículo 70 de esta Ley, la cual dice que en estos casos se le aplicará de 100 a 3,000 días multa al infractor.

Zepeda destacó que en su artículo 14, esta ley establece que cuando una persona está a cargo de un animal doméstico o silvestre domesticado, tiene la responsabilidad de cuidarlo en todo momento, por lo que podría llegar a considerarse como negligencia por parte del propietario.

Sin embargo, el abogado recalcó que en este caso específico no se puede omitir el acto de crueldad cometido por el conductor, quien tenía el deber de esperar a que ambos animales se quitaran de la vía.

La mascota había sido como reportada ese mismo día y sus dueños la andaban buscando. Era una perrita de 16 años de edad. Foto: Cortesía/Radio ABC Stereo

"A sabiendas del daño que podía ocasionar a los animalitos, el conductor no escatimó y pasó el vehículo por encima", comentó el abogado, quien explica que, según el capítulo 3 de la ley 747, las entidades competentes para dar seguimiento a estos incidentes son las delegaciones del Ministerio Agropecuario y los gobiernos municipales, con la colaboración de la Policía Nacional y el Ejército de Nicaragua.

"La acción cometida por el conductor conlleva a una infracción, hay sanciones que pueden ser objeto de aplicación al sujeto, incluso no solo al que lesiona al perrito sino también a los propietarios, ya que la perrita estaba en la calle, tenemos que ser ciudadanos responsables", agregó el abogado.

Cabe destacar que, de acuerdo a las declaraciones de una ciudadana que presenció el hecho, el conductor circulaba a una velocidad moderada y, al acercarse a los animalitos, incluso redujo la velocidad.

En las imágenes captadas por una cámara de seguridad se observa claramente cómo el hombre pasa el vehículo por el cuerpo de la perrita y lo arrastra aproximadamente por un metro, provocando su muerte en el lugar.

La perrita se llamaba Lulú, tenía 16 años de edad, y había sido reportada como desaparecida la mañana del mismo viernes en que fue atropellada. Sus dueños la andaban buscando y aseguran que tenía problemas en la vista, por su avanzada edad.

Otros usuarios han dado el beneficio de la duda al conductor involucrado, al suponer que él creyó que la mascota se había apartado de la calle y se dio cuenta muy tarde que la había atropellado. Pese a que varios testigos le gritaron, el conductor siguió su marcha.


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