NOTICIA

Local

Huir de un accidente no lo borra, lo agrava. Esto dice la ley

En Nicaragua, abandonar el lugar de un accidente de tránsito sin auxiliar a las víctimas constituye un delito. La ley obliga a los conductores y testigos a permanecer en el sitio y brindar ayuda inmediata.

Recientemente un conductor arrolló a dos mujeres y luego huyó del lugar. Foto: Archivo/Radio ABC Stereo
Recientemente un conductor arrolló a dos mujeres y luego huyó del lugar. Foto: Archivo/Radio ABC Stereo

Colaborador Dayana González
9-Octubre-2025
Estelí-Nicaragua

En los últimos meses se han registrado varios accidentes de tránsito en los que algunos conductores huyen del lugar, dejando a las víctimas sin auxilio. Ante esta situación, el abogado José Antonio Osorio González explicó que la legislación nicaragüense es clara respecto a este tipo de casos.

Según el artículo 160 del Código Penal, toda persona que no brinde ayuda a otra que se encuentre en peligro manifiesto y grave, cuando pueda hacerlo sin riesgo propio, incurre en el delito de omisión de auxilio o abandono de persona.

El abogado José Antonio Osorio detalló, además, que la Ley 431, Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, establece en su artículo 31 que todo conductor o testigo de un accidente debe permanecer en el lugar y avisar inmediatamente a la autoridad policial. Solo podrá retirarse si existe peligro grave para su vida, pero deberá presentarse de inmediato en la estación policial más cercana.

La misma ley señala en su artículo 35 la obligación de verificar si hay personas lesionadas, prestar auxilio y colaborar con las autoridades. Asimismo, el artículo 76 dispone que, en caso de lesiones o fallecimiento, la compañía aseguradora debe indemnizar a las víctimas dentro de los cinco días hábiles siguientes.

Finalmente, el abogado subrayó que ni el Código Penal ni la Ley de Tránsito contemplan la posibilidad de huir, por el contrario, el conductor debe comunicarse con las autoridades, auxiliar a los heridos y, en caso de daños materiales, contactar al seguro para reparar los perjuicios. Actuar conforme a la ley es un deber legal y también un compromiso moral con la vida y la responsabilidad vial.


Comparte esta noticia